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Ayudas Para Establecimientos De Ocio Nocturno Vasco 2021 Para Empresarios Individuales O Autonomos

2021/09/16

OcioNocturno

Objeto

El objeto de la presente Orden de ayudas es establecer las bases para proteger y dar soporte económico de forma directa a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, microempresas, pequeñas y medianas empresas titulares de establecimientos de ocio nocturno para minimizar el impacto de las medidas adoptadas para contener la expansión de la COVID 19 y posibilitar que se produzca lo antes posible un relanzamiento de su actividad.

Requisitos

Requisitos que deberán cumplir todos las personas y entidades solicitantes:

  • Ser titular de al menos un establecimiento con la consideración de establecimiento de ocio nocturno en los términos expresados.
  • Disponer de licencia de actividad y/o apertura del establecimiento para el que se solicita la ayuda en vigor a fecha 1 de enero de 2021
  • Dedicarse a alguna de las actividades mencionadas en las tablas anteriores de este epígrafe a fecha de 1 de junio de 2021.
  • Estar domiciliada social y fiscalmente en la CAPV y radicar en la misma el establecimiento para el que se solicita la ayuda, todo ello a fecha de 1 de junio de 2021.
  • En el caso de personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, estar dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos a fecha de 1 de junio de 2021.
  • Estar encuadrada en el código CNAE o dada de alta efectiva en el Impuesto de Actividades Económicas en los términos mencionados en las tablas anteriores a fecha de 1 de junio de 2021.
  • Para calcular el importe de la ayuda, si tiene personas trabajadoras en el establecimiento al que se refiere la solicitud, deberán estar en situación de alta a fecha de 1 de junio de 2021.
  • Estar dada de alta en el Registro de Terceros.

Para más información sobre la ayuda, consulta aquí: https://www.euskadi.eus/servicios/1204401